Recibo de contribución de 1869

Saturio de Dávalos y Beaumont (1741 - ca.1825), coronel realista

Saturio de Dávalos y Beaumont
Octavo hijo de Pedro Tomas Dávalos Lebrija y Zabaleta, Señor del Palacio y mayorazgo de Zabaleta en Lesaca, y de María Clara Beaumont y Elio (1704 - 1773).
Nació en Viana el 27 de diciembre de 1741 y fue bautizado tres días mas tarde.
Coronel de los Ejércitos Reales.
Recibió el señorío y el mayorazgo de Zabaleta a la muerte de su hermano Juan José en 1789.
Y el mayorazgo de Lebrija
El palacio cabo de armería de Zabaleta tenía derecho de asiento en Cortes, por lo que fue convocado a las Cortes de 1801 y 1817, no habilitándose sucesor para las de 1828.
[mas datos genealógicos]
Palacio de cabo de armería de los Zabaleta, Lesaca
  • Vivió en Viana. [Recibió] cartas dando cuenta de los diferentes administradores, de las propiedades cobros y otros temas relaccionados con rentas de las propiedades que D. Saturnino Daválos  posee , en alguna carta pone de la dificultad en cobrar las rentas debido a la miseria y pobreza en que se haya la gente.   
Carta, con marca prefilatélica  de Irún, de Lesaca a Viana de 11 de septiembre 1825
  • De temperamento bilioso. Sufrió de reuma y por ello tomó las aguas en Arnedillo, La Rioja, en 1784.
Descripción de los Reales Baños de Arnedillo
  • Firmó, en 1821, junto con otros próceres de la ciudad, a favor de la incorporación de Viana a la provincia de Logroño.  “Los infrascritos ciudadanos, vecinos de esta ciudad, que conocen bien de cerca las ventajas que la misma y sus vecinos podrán tener en que se agregue a la provincia de Logroño, lo ponen en conocimiento de Vuestra Señoría para que consultado entre sí y considerándolo oportuno, lo eleve a noticia del soberano Congreso con la brevedad posible, respecto de que se está tratando ahora de esos particulares. Viana, octubre 25 o 9 de 1821.----------- Crispín Los Arcos, procurador síndico; Francisco María Montoya; Don Pedro de Orúe; Manuel María de Cereceda y Torres; Juan Fermín y Antón Elizalde, cura párroco; Severo Greño; Bernardo Cevallos; Pablo San Millán; Felipe Martínez de la Torre; Josef Montero; Saturio Dávalos y Beaumont; Vito Antonio de Urra; Vicente Aguinaga; Benito Navarro; Ramón Pérez de Azanza; Manuel Echeverría; Alexandro de Iturburu; José Antonio Lerín; Manuel Urbina; Juan Santos Oñate y Gamarra; Ignacio Estanga; Juan Antonio Eguaras; Don Santos Navarro; Don Nicolás Martínez; Antonio María del Busto; Licenciado Don Juan Navarro de Villoslada; María Rafaela Goñi y Abendaño; Don Baltasar de Urbina; Francisco Fernández; Joaquín de Arróniz; Juan de Gámiz; Juan Fermín Saturnino de Ichaso; Ramón de Ilzarbe; Julián Galar; Miguel Apellániz; Narciso Arandia; Don Manuel Ayllón, presbítero; Andrés de Elcoro; Marcos Medrano; Justo Martínez de la Torre e hijos; Josef Aguinaga; Pablo Fernández, presbítero; Francisco Urbina; Juan presbítero; Francisco Virgala; Santiago Erenchun; Nicolás Urbina; Romualdo Fernández; A ruego de Francisco Cadarso Antonio Díaz de Ilarraza; Balentín Achútegui; Félix Remírez; Cipriano María Díaz; Miguel Oñate; Gregorio Cadarso; José de Azanza; Esteban Cadarso; Francisco Arbizu; Manuel García; Pedro de Ziga; Manuel Navarro; A ruego de Francisco García Cañamales, Francisco Medrano; Juan Ramón Jiménez”. 
Ver también Viana (Logroño) y "Viana fue provincia de Logroño" en este blog.

Postales antiguas y Google Street


Calle de Abajo de San Pedro

El Encajonao

El Portal de la Solana

Iglesia de San Pedro

Canciones populares

Título: Canciones populares de Viana
Fuente: Archivo del Patrimonio Inmaterial de Navarra
Ficha

¿Dónde están las llaves? - María Díaz de Cerio

Listado de archivos de audio

Viana en 1877, 2.984 habitantes de hecho

Título: Resultados provisionales del Censo de la población de España, según el empadronamiento hecho en la península e islas adyacentes, el 31 de diciembre de 1897...
Publicación: Madrid : Imprenta de la Dirección General del Instituto Geográfico y Estadístico, 1899

Viana en 1897, 2.801 habitantes de hecho

Título: Resultados provisionales del Censo de la población de España, según el empadronamiento hecho en la península e islas adyacentes, el 31 de diciembre de 1897...
Publicación: Madrid : Imprenta de la Dirección General del Instituto Geográfico y Estadístico, 1899
Fuente: Biblioteca Digital de Castilla y León
Ficha

Viana en 1930, 2.788 habitantes de hecho

Título: Censo de la población de España : según el empadronamiento hecho en la Península e islas adyacentes y posesiones del norte y costa occidental de África, el 31 de Diciembre de 1930 / Dirección General del Instituto Geográfico, Catastral y de Estadística
Autor: España. Dirección General del Instituto Geográfico, Catastral y de Estadística
Publicación:Madrid : Talls. del Instituto Geográfico y Catastral, 1932
Ficha

Viana en 1791, 600 vecinos

Título: Descripción general de la Europa, y particular de sus estados y Cortes: especialmente de las ciudades, villas y pueblos más notables de España : con la chronología y sucesos memorables. Tomo I 
Autor: Gutierrez de la Hacera, Pascual Ramón 
Publicación: En Madrid : en la Imprenta de ... Joseph Doblado ..., donde se hallará, 1791
Ficha
VIANA
Ciudad cerca del rio Ebro, en lugar apacible y delicioso en figura de cruz con buenas murallas, castillo y cuatro puertas. Afirman algunos que aquí fabricaron los griegos templo a Diana, de que la provino el nombre: y ocupada de los moros se la quitó Sancho VIII de Navarra año de 1219 y la hizo famosa, dándola mas amplitud, fortaleza y muchos privilegios, que los sucesores han aumentado. Los primogénitos de los reyes de aquella misma Corona se intitulaban  P´rincipes de Viana, desde que así se prefinió en las Cortes, celebradas en Olite año de 1423 por Carlos III que dispuso se jurase como tal a su nieto Carlos. Felipe IV el de 1630 la elevó a ciudad: la que pone en sus armas las cuatro sangrientas barras aragonesas en campo de oro. Venerando por patrona a Sta. María Magdalena. Logra su terreno de fecundidad en varias semillas vino, aceite, caza y pesca. Tiene 600 vecinos; 2 parroquias; un convento de religiosos franciscos,  y buen hospital. Dista 54 leguas de Madrid, 12 de Pamplona, 7 de Calahorra, una de Estella y Logroño.

Portal de San Felices por Eduardo Azpillaga

Título: Portal de San Felices (antes de su restauración)
Autor: Eduardo Azpillaga
Fuente: Galería Todo Cuadros

Brujas y brujos

Título: La brujería y sus personajes en La Rioja. Historias, leyendas y procesos celebres en un mundo fantástico y mitológico
Autor:  Gil del Río, Alfredo

Título: Leyendas del camino de Santiago
Autor:  García Atienza, Juan
Publicación: EDAF
Fecha: 1998

 Otras referencias

Informe "César Borgia", octubre 1945

Título: Informe "César Borgia"
Autor: Victoriano Juaristi y Santiago Becerra
Publicación: Revista Príncipe de Viana, nº 20, 15 de octubre de 1945
Fuente: Biblioteca Navarra Digital
Artículo completo - PDF

Buscando el sepulcro de César Borgia en 1884

Título: El sepulcro de César Borja
Autor: Madrazo y Kuntz, Pedro de
Publicación: La Ilustración Española y Americana, Madrid, 30 de junio de 1885, nº XXIV, pag. 387, 390, 391.
Fuente: Biblioteca Nacional de España - Hemeroteca Digital
Revista completa - PDF

La Ilustración Española y Americana
Madrid, 30 de junio de 1885
[...] Con fecha 4 de diciembre de 1884 recibió el señor alcalde de Viana una carta particular del cónsul de Francia en San Sebastian, preguntándole si en la parroquia de Santa María, y a la parte del Evangelio existía el panteón de César Borja. Era el caso que un arqueólogo francés, que según se dice, trata de escribir algo acerca del famoso hijo del Alejandro VI y conquistador de la Romaña, a fin de reunir datos, había solicitado la mediación del referido cónsul . Rogaba este al alcalde, que en caso de conservarse el enterramiento le enviase nota de su inscripción y de cuantos datos referentes al personaje se le pudiera suministrar, y que en caso negativo se procurase averiguar el paraje a que hubiese sido transladado. Por ausencia del alcalde propietario, hacía a la sazón sus veces el ilustrado teniente-alcalde D. Victor Cereceda, el cual contestó al cónsul francés que la iglesia de Nuestra Señora no contenía sepulcro alguno en el sitio designado. Por deseo de complacer a aquel funcionario, mando reconocer el archivo municipal, donde no se encontró ningún documento que tuviese relación  con el asunto; más no despreciando el Sr, Cereceda la voz común acreditada en el pueblo de que el sepulcro había sido transladado fuera de la iglesia y frente a ella por disposición de la autoridad eclesiástica, en época que no se determina, acompañado del secretario del Ayuntamiento se constituyo en la calle de la Rua, contigua a la escalinata que conduce al vestíbulo del templo, y allí, a presencia de varias personas, mandó practicar una excavación en el suelo. Descubriéndose al punto tres sepulturas, dos de ellas con huesos, sin ofrecer particularidad ninguna, y otra cubierta con unas piedras toscas. Levantadas dos de estas piedras , viose un cadáver tendido, pero en estado de pulverización, sin inscripción, sin insignia ni señal que revelase ser aquello despojo de persona de elevada clase. Con este motivo, sin proceder mas adelante en la excavación, se colocaron de nuevo en su sitio las dos piedras de la cubierta, y con la mayor religiosidad y esmero, sin tocar mas a dicho sepulcro, se le volvió a cubrir de tierra.
Con esta relación conviene en lo sustancial otro informe evacuado por el señor cura párroco de Santa María.
[...] Pero con ocasión de la carta del cónsul se refrescaron las antiguas memorias, y añadiendo al relato del historiador jesuita su contingente la fantasía, pronto llegó a tomar cuerpo la gratuita especie de que la tumba del magnate había sido vandálicamente profanada, con ultraje de la santidad del templo y vilipendio de la moderna civilización. Ya entonces, suelto al vuelo a la imaginación y a sus exageraciones, no se cedía solamente que el sepulcro del Duque de Valentinos existía dentro de la iglesia de Santa María de Viana, sino que su cadáver estaba entero y momificado, y se añadía -¡horripilante cuadro!- que los criminales profanadores, después de abierta la urna, habían arrancado la cabeza del cuerpo de la momia y cometido otros excesos.
Esta noticia, fraguada no se sabe dónde ni por quién, llegó a oídos de un sabio y celoso académico de la Real de la Historia, el cual, con muy loable y prudente idea, propuso que la Academia, por medio de su digan delegada la Comisión de Monumentos Históricos y Artísticos de Navarra, tratase de averiguar qué había de cierto en lo que se propalaba. La referida Comisión provincial, con la inteligencia y actividad que la distingue, ha desvanecido la ridícula patraña, reuniendo a los veraces informes del señor párroco de Viana y de su alcalde noticias particulares que los completan, hasta el punto de no dejar la menor sombra de duda respecto del origen verdadero de un cuento que ha preocupado por algunos días a todos los amantes de la cultura patria y de sus monumentos.
El sepulcro marmóreo de César Borja fue desgraciadamente deshecho y despedazado hace ya cerca de dos siglos: aquella fue la verdadera profanación, entonces se cometió el acto vandálico. El reconocimiento que se ha practicado ahora en el paraje adonde lanzó el vandalismo de una generación ya remota el cadáver que en él yacía, ha sido, por el contrario, un acto mesurado, respetuoso, prudente y digno de todo aplauso.

Etimología

Título: Los topónimos, sus blasones y trofeos (La toponimia mítica)
Publicación: Boletin de la Real Academia de la Historia.
TOMO CXCVII. NUMERO I. AÑO 2000, pag.50
Autor: Álvaro Galmés de Fuentes
Fecha: 2000
Fuente: Books Google
Formato: Google ebook

Viana (Navarra)
Estarada relaciona, según etimología popular el nombre de Viana con la diosa Diana [...]

Otras referencias sobre el origen del topónimo Viana:

Viana en 1645, 700 vecinos

Título: Población general de España...sus trofeos, blasones, y conquistas heroycas 
Publicación:  Méndez Silva, Rodrigo
Fecha: 1645
Fuente: Biblioteca Virtual de Patrimonio Bibliográfico
Formato: JPG, folio 198
Ficha
Ciudad de Viana
Capítulo VII
Portada
Rodrigo Méndez de Silva - Autor

A vista de Logroño, a la otra parte del caudaloso Ebro, está puesta la ciudad de Viana, en forma de cruz, alta por un lado, tendida lo restante; cercada de muros, cuatro puertas, y fuerte castillo, con gran fertilidad de pan, vino aceite, hortalizas, legumbres, fruta, ganados, caza y pesca. Habitada de 700 vecinos, nobleza, divididos en dos parroquias, un convento de frailes franciscanos y rico hospital. Levantola ciudad el rey don Felipe IV año 1630. Su origen fue, que estando en este sitio un templo de Diana, obra de griegos, acudiendo a él multitud de gentiles, vino a predicarles el sagrado evangelio el apóstol San Pablo, año 64, y convirtiendo muchos, edificó una iglesia al arcángel San Miguel. Pasado algún tiempo fundaron aquí los católicos cántabros nueva república, con nombre de Diana, corrupto Viana. Y padeciendo varias fortunas, estando desierta la reedificó  nuevamente don Sacho VIII, rey de Navarra año 1219 cercándola de muros y torres, a quien don Carlos II concedió el de 1368 privilegio del derecho fonsadera, que eran diez libras de carlines blancos, habiéndole contribuido trescientos para sus guerras; junto con los lugares, Agoncillo, Lazagurría, Ursicilla (sic); y haberle prestado 3100 florines de oro. El rey don Carlos III la libertó de pagar alcabalas del vino año 1413. El rey don Juan II de Aragón, y Navarra dio las armas que tiene, cuatro barras sangrientas en campo de oro, timbrado de una corona. Y gobernando Doña Leonor, princesa, hija, y heredera suya, otorgó año 1467, recompensándola leales servicios, mercado franco miercoles de semana, y seis mil setecientos y cuarenta y tres libras carlines, que habian gastado en socorros contra Castilla. Gozó Cabeza de Principado, instituido de D.Carlos III año 1423 cuando juraron en las Cortes de Olite a don Carlos, hijo de doña Blanca su jija, y de don Juan infante de Aragón, que fue rey de aquella y esta Corona.

Prueba de lo referido
Garibay libro 21.capit.4 libro 22, capítulo 33 libro 24. capítulo 19. libro 27 capítulo 26.47. y 50. libro 28  capítulo 36. 
Don Fernando Albia de Castro Historia de Logroño, página 34. 
El Maestro Gil González Davila en el Teatro Eclesiástico de Calahorra. 
El Padre Claudio Clemente en sus Tablas Cronológicas.
[...] 

Otras fuentes:

Croquis de los alrededores de Logroño donde se acantonó el Ejército del N.

Título: Croquis de los alrededores de Logroño donde se acantonó el Ejército del Norte - 1808
Publicación:  CAnónimo, 1808
Fuente: Biblioteca Virtual de Patrimonio Bibliográfico
Formato: JPG
Ficha

Croquis del curso del Ebro desde Logroño a Tudela

Título: Croquis del curso del Ebro desde Logroño a Tudela (1811)
Publicación:  Copiado en Cádiz a 21 de Marzo de 1811 por Anastasio de Navas, alumno de la RI. Academia militar
Escala: 1:15.000
Fuente: Biblioteca Virtual de Patrimonio Bibliográfico
Formato: JPG
Ficha

Policía, año 1770

Título: Establecimiento de priores de barrio y ordenanzas...
Autor: Ayuntamiento de Viana
Publicación: Pamplona, en la oficina de Joseph Miguel de Ezquerro, 1770.
Fuente: Biblioteca Virtual de Patrimonio Bibliográfico
Formato: PDF
Ficha
Fuente 2: Memoria Digital Vasca. Fundación Sancho el Fuerte
En el siglo XVIII, el ocho de enero de 1770, siguiendo el ejemplo de Pamplona, el Ayuntamiento acordó y dispuso el establecimiento de un cuerpo de Priores de Barrio y Mayorales destinados a la seguridad de la ciudad, acordando al mismo tiempo, las reglas y las ordenanzas para el gobierno de este cuerpo.
La misión de este cuerpo era establecer y asegurar la paz y la tranquilidad de los vecino, no solo investigando los delitos  para su castigo, sino extingiendo en su origen los principios y semillas de donde nacen.
  1. Para ello dividen la ciudad en dos barrios mediante la linea recta que va desde el Portal de San Juan hasta el de la Concepción: El Barrio de San Pedro y el de Santa María, el primero incluye el arrabal de la Fuente Vieja, y el segundo los arrabales de la Solana, San Nicasio y el Hoyo. Para cada barrio se nombraba cada año, de entre su habitantes, a un Prior y dos Mayorales, estos subalternos del primero.
  2. Los priores se elegían entre las personas principales y hábiles para el gobierno, y los mayorales entre las mas honestas, honradas y juiciosas, aunque no fueran insaculados. A todos se les pide que tengan la prudencia, el talento y la discreción correspondiente al celo y tiento que pide el manejo de estos cargos.
  3. Una vez se constituía el ayuntamiento cada año, se fijaba la fecha de nombramiento y elección de los priores y mayorales. La víspera  de la elección se avisaba a todos los vocales. En la votación se obtenía por mayoría como es costumbre.
  4. No podía ser elegidos en estos cargos los del gobierno actual, y tenía que pasar un año para poder ser reelegido.
  5. Una vez nombrados juraban sus cargos ante el alcalde y el escribano del ayuntamiento.  Después se  entregaba a cada prior las ordenanzas que estos tenían que leer a sus mayorales. El ayuntamiento les prometía la ayuda necesaria para el cumplimiento de sus cargos.
  6. A los 15 días del juramento, los priores con ayuda de sus mayorales tenían que hacer una lista de todas las casas de su barrio, incluyendo las familias y personas que en ellas vivían, sus estados y profesiones. Debían avisar a la justicia si encontraban alguna persona o familia de vida oscura, que no manifestara  un modo honesto de mantenerse, bajo sospecha de algún manejo delincuente e ilícito.
  7. Si una familia o una persona se mudaba de un barrio a otro tenía que avisar al prior para que lo anotara en su lista, y si una persona o familia nueva llegaba al barrio, el prior o los mayorales debían hacer las diligencias que manda la prudencia para averiguar su origen o domicilio anterior, su oficio o ejercicio, y las causas y motivo de sus vidas, y si encontraran una sospecha en sus costumbres o modo de vivir debían avisar al Alcalde.
  8. Su objetivo era desterrar de la Ciudad todo género de delitos, como hurtos, deshonestidades, maldiciones, blasfemias, insultos, pendencias y escándalos, y la mínima ociosidad. Para ello los priores y mayorales rondaban dentro y fuera de la Ciudad, de día y de noche, inquiriendo en secreto y cautela cuanto convenga para su averiguación. Les será lícito llevar las armas necesarias en la rondas, implorar el auxilio de los vecinos que se les deberá impartir, prender a los delincuentes, seguir a los fugitivos, hasta asegurarlos, salva la inmunidad de la Iglesia, y como lo pidiere la urgencia, dar cuenta a la Justicia.
  9. No permitirán, que después del anochecer haya gente parada en las calles. Al encontrarlas les preguntarán el motivo: si no es razonable o no lo dan, se les mandarán retirar, y no queriendo obedecer, los harán presos y darán cuenta a la Justicia. 
  10. No permitirán que las tabernas estén abiertas a las nueve de la noche de marzo a octubre, y  a las siete desde octubre a marzo. De ninguno modo se admitirán personas a beber a puerta cerrada, ni que en las pastelerías, y tabernas de vino rancio o aguardiente, haya bailes, juegos, ni concurio de hombres y mujeres, ni que para comer, ni beber entren donde no puedan ser ser vistos desde la calle. Y en caso de desobedecerles den cuenta a la Justicia.
  11. No permitirán vivir en sus barrios mujeres públicas, ni alcahuetas, vagas ni desconocidas, y si encuentran una sospechosa de mala vida, la obliguen a dar cuenta de su modo de vivir, y si no lo hayan honesto y lícito, procederán verbalmente a expulsarlas del barrio, y si no obedecen, darán cuenta al Alcalde para que proceda la Justicia. 
  12. No permitirán que en sus barrios permanezcan mozos y mozas de servicio, sin honesto destino, ni que concurran a él con frecuencia mientras sirven sin causa justa, y si es sospechosa la concurrencia, avisarán a los amos para su inteligencia y remedio, y en caso necesario al Alcalde.
  13. Siendo el juego, y las casas donde se practica, un seminario y fomento de ociosidad, ofensas a Dios, pendencias y menoscabos de las familias, deberán los Priores y Mayorales con la mayor vigilancia, desterrar de sus barrios tan perjudicial abuso.  No permitirán juegos de embite, ni fuerte, ni los reprobados por las leyes, ni que siendo lícitos se aventure, ni exponga una cantidad que exceda una honesta diversión. Y anotarán a las personas y las casas que se obstinan en este exceso, dando cuenta a la Justicia para su castigo. 
  14. Asimismo tendrán que impedir que en los extramuros de la Ciudad, eras, corrales y campos, se junten cuadrillas de trabajadores, jornaleros, mozos de servicio, estudiantes ni hijos de familias, a jugar a los dados o a la taba, ni otro juego prohibido, y solo se podrá permitir una honesta diversión en sitios públicos y patentes, fuera de las horas en que se celebran los oficios divinos, o se explica la doctrina cristiana.
  15. No se permitirá que anden de noche músicas por las calles, ni que se recojan personas bulliciosas en casa alguna a bailes, ni entretenimientos escandalosos y perjudiciales para la quietud y tranquilidad del barrio. Tampoco se permitirán armas ni instrumentos para dar música y mucho menos cantaleras y cencerradas. Y de las casas y personas que concurrieran a estos conciábulos darán cuenta a la Justicia para su castigo.
  16. El Prior y los Mayorales pueden y deben inquerir en las posadas y mesones por las personas que allí se alojan, y el mesonero deberá informar  de sospechosos y fugitivos de la Justica, y podrán prenderlos y dar cuenta al Alcalde.
  17. Deberán estar al corriente de los enfermos de mal de san Lázaro, fuego del San Antón, tiña u otras de igual contagio, para que las personas propias del enfermo, o lo tengan en sus casas retirado, o lo remitan a donde lo puedan curar.
  18. También cuidarán de que en sus barrios no haya horno de cal, ni de yeso, ni otras cosas perjudiciales como humedades detenidas, basuras o ediondez, que pueda causar mal olor y daño a la salud. Ni que haya escombros, tropiezos y precipicios con riesgo para los que andan por las calles, ni tampoco caballerías atadas en ellas de noche.
  19. Si de noche o de día sucede un estruendo de ruina, incendio, insulto, ruido de pendencia y armas, inmediatamente el prior y los mayorales, auxiliados de las personas que le pareciere, saldrá a rondar o inquerir el origen. Y procederán a la prisión de los que parecieren ros, y a curar a los heridos, y darán cuenta a la Justicia cuando lo permita la urgencia.

Otras ordenanzas municipales de la misma época en Navarra: