Mujeres de Navarra, s. XVI

Título: Códice de trajes (Códice Madrazo-Daza)
Autor: desconocido
Técnica; plumilla decoradas a la aguada con vivos colores
Fecha:  ca. 1540
Fuente: Biblioteca Digital Hispánica - Ficha
p,23 - IN NAWARA (en Navarra) 
La Biblioteca Nacional de España cuenta entre sus fondos con un importante manuscrito alemán del siglo XVI: el Códice de Trajes. Fue adquirido por el Ministerio de Cultura a una colección particular en diciembre de 2010, y contiene un repertorio de ilustraciones de vestimenta, a la aguada, de España y de diversos países del entorno imperial de Carlos V, así como de otros lugares lejanos como América y África. De origen anónimo, con epígrafes en alemán, es obra de taller, pero su gran rareza, su importancia como fuente para el conocimiento de las costumbres y la moda en la época, y la encantadora belleza de sus imágenes lo convierten en una obra excepcional.

Labradores de Navarra, 1825

Título: Labradora y labrador de Navarra 
Autor: Carrafa, Juan (1787-1869)
Técnica; Grabado
Fecha:  1825
Fuente: Biblioteca Digital Hispánica - Fichas
Labradores navarros, 1825

Viana en 1802, 2825 personas

Título: Diccionario Geográfico-Histórico de España: por la Real Academia de la Historia
Sección I. Comprehende el reyno de Navarra, señorío de Vizcaya y provincias de Álava y Guipuzcoa.
Tomo II pag. 443
Imprenta de la viuda de D. Joaqin Ibarra,
Fecha:  1802
Fuente: Google Books

VIANA, c. de la mer. de Estella, cabeza de su 4.° part., dióc. de Calahorra, r. de Navarra. Su asiento es llano sobre una colina con pendiente por e. s. y o., desde donde se descubre mucho y alegre horizonte. Sola la entrada de n. es suave, aunque un vecino montecillo estorba por allí las vistas. El suelo es de mucha miga, y las cosechas abundantes : la de vino consiste en 300 cargas, la de trigo en 500 robos y la de cebada en 400: en sus dilatadas dehesas se mantienen 180 cabezas de ganado menor y 300 de vacuno. Se coge aceyte, legumbres y otras semillas para el abono del pueblo. Confina por n. con Cornago, por s. con el cerro de Cantábria y Logroño, y por o. con Oyon. El vecindario consiste en 2825 personas. Fundó esta ciudad en 1219 D. Sancho el fuerte para asegurar por aquella parte su reyno contra las pretensiones de Castilla. A este fin reunió en el actual sitio de Viana las aldeas de Longar, Tidon, Prezuelas, Cuevas, Piedrafita, Soto, Goraño y Cornava. Esta última creen algunos ser el Curnonio de Tolomeo. Tambien se agregó Bargota, aunque no se despobló enteramente. El P. Aleson tiene por cierto que ántes de estos tiempos habia ya poblacion con el nombre de Viana en el lugar que ahora ocupa, y que D. Sancho no hizo mas que engrandecerla por la agregacion de las mencionadas aldeas. Esta opinion nada tiene de inverosímil; pero es una pretension sin apoyo alguno sólido en la antigüedad la del maestro Argaiz y otros autores de poca crítica, los quales quieren que el nombre de Viana sea una corrupcion de Diana, por un célebre templo que tuvo allí, la gentilidad y dió orígen á la actual poblacion con las viviendas de los sacerdotes del ídolo, y de otras gentes atraidas de la devocion de su Diosa. Estribando todo este cuento en el catálogo de los santos mártires de la persecución da Diocleciano atribuido á Gregorio, obispo de Granada; y siendo esta obra una produccion de los corrompedores de nuestra historia, como ya lo probó D. Nicolas Antonio en su Biblioteca antigua l.2. c. 3., es ocioso detenernos en impugnar esta fábula. Lo que hay de cierto es que Sancho el fuerte sacó de su obscuridad á Viana, si habia pueblo de tal nombre anteriormente, ó le dió ser eligiendo por mas oportuno el sitio de Viana para formar una plaza de armas respetable en la frontera del reyno. Pero lo primero, esto es, que habia ya poblacion de Viana, es lo mas cierto, y se infiere de que años adelante los vecinos de las aldeas reunidas conservaban sus jurados separados, hasta que se confundiéron con el tiempo al modo de lo que sucedió en Pamplona y Estella. Todavía se ven vestigios de las iglesias de las aldeas, cuyos términos unidos y agregados hiciéron grandes los de la nueva poblacion. Para acelerar ésta concedió el rey á los nuevos pobladores grandes privilegios, dióles franqueza de todos sus términos, absolviólos de lezda en todos sus reynos, y del juicio por batalla, hierro ardiendo y agua caliente, siendo su voluntad que la averiguacion se haga por testigos, á falta de éstos por juramento que se debia hacer á las puertas de la iglesia de S. Felix. Quiso y ordenó que el alcalde fuera hijo del pueblo. 
En órden á las colonias dispuso que por el daño que se causare en el dia se paguen 5 sueldos , y por el daño hecho de noche 10 libras, la mitad para el ricohombre que tuviere en honor la tierra, y la otra mitad para el príncipe ó señor de ella. En, este fuero se manda que el fiador no esté obligado á responder por su fianza hasta pasado medio año. Los clérigos no estaban aún exèntos del servicio de las armas. Pero el rey que deseaba se ocupasen los ministros del culto en los salmos y oracion, los eximió de las cargas públicas, y particularmente del servicio militar, ordemando que en adelante no salieran con motivo de hueste, excepto el caso de batalla campal. Por donde se ve que la inmunidad eclesiástica fué creciendo por la liberalidad de los príncipes, y que aun así no habia llegado á principios del siglo XIII al punto en que ahora se halla. Honró de este modo á Viana su fundador, y la ciñó de fuertes muros para que sirviera de antemural al reyno en caso de perderse la Rioja. No se engañó en esta idea D. Sancho, y los de Viana correspondiéron con valor y lealtad á la confianza de sus reyes. Teobaldo II remitió los homicidios casuales con todos los que sucedian, la frase del privilegio, senes culpa de hombre. La fecha de esta gracia es de 2 de julio de 1270, estando el rey en la Roca de Marsella. D. Enrique los absolvió del derecho llamado quartos de cotos, que era una menuda imposicion en montes y tierras, hecha, á lo que parece, por los merinos. El rey motiva esta gracia, diciendo que no se usaba tal impuesto en otro pueblo del reyno: este indulto es de 28 de julio de 1271. Luis Hutin y Felipe II de Navarra confirmáron los fueros á los vianeses por su constante lealtad. Cárlos II á 5 de julio de 1351 eximió del derecho de peage las mercaderías que se llevaban á Viana por el aprecio que siempre hizo de aquellos naturales.
Años adelante en 1368 , estando el rey en Olite á 7 de agosto, absolvió á los de Viana del censo ánuo de 10 libras de carlines blancos, que por derecho de fonsadera le pagaban los vecinos, en atencion á que éstos le sirviéron con 300 de la misma moneda en sus apuros. Un mes adelante, esto es, á 15 de setiembre, estando en Pamplona, vendió á los de Viana por precio de 3100 florines el lugar de Agoncillo con su castillo, la aldea de » Veliella, que es hi cerca, los quales nos habemos de nuevo ganado é conquistado, é así bien la nuestra aldea de Lazagorria con » todos sus términos é pertenencias.» Debia el rey al concejo de Viana 2500 florines de provisiones que le habia adelantado para el exército que tuvo delante de Logroño, y se vió precisado á mantener, como lo dice su diploma, o por pagaré retener las »gentes d'armas que nos convino tener por cobrar las tierras de Alava, et otras que antiguamente fuéron de la corona y reyno de Navarra, que conquistamos de nuevo, &c.» Por esta causa quiso que se tomasen en cuenta de los 3100 florines los 2500 que tenian adelantados los de Viana. La reyna D.ª Juana, muger de Cárlos II, en ausencia del rey perdonó á los vianeses parte de la multa en que fuéron condenados por haber sido muerto una noche dentro de la villa Martin de Araiz escudero. Los términos del indulto son estos: » Por quanto el concejo de Viana fué condenado á pagar 400 florines por la muerte de Martin de Araiz escudero, y que habiendo pagado los 300 pedia remision de los cien restantes esgoardando ella los buenos servicios, y las grandes cargas que el dicho concejo ha sostenido tanto en la empresa de la villa de Logroño, como en otras cosas, y queriéndolos galardonar, les remite los cien flori»nes con gracia especial, y con poder que tiene del rey su señor, y manda dar esta carta sellada. Dada en Esteylla 2.º dia de agosto lo ayño de gracia mil CCCLX et 
nueve.»
No contenta con esto la reyna goberbernadora escribió una carta al hermano del muerto para que cesara en su venganza. Copiarémos algunas cláusulas que descubren las costumbres del siglo. »A Lope de Andueza, escudero, salut. Bien sabedes como al tiempo que el rey nuestro señor entró en la villa de Logroño Martin Ruiz (en la escritura anterior se dice Araiz), vuestro hermano, fué muerto de noches en la villa de Viana, sobre la qual muerte nos oviésemos fecho prender ciertas personas de la dicha villa, et porque en aquella non se fallaba clarament qui habia fecho la dicha muerte, se ha ordenado et mandado por los del nuestro consejo que cien florines sean dados á vos como hermano para facer cantar capellanías por su ánima, et que con esto vos ayades de finar la enemistad por vos et por las creaturas de dicho muerto , et dar paz et tregoa al concejo de dicha villa de Viana, et á todos los vecinos et habitantes del dicho lugar.» Ordena á Lope que comparezca en su consejo á recibir los cien florines al tercer dia despues de la próxima epifanía, y no haciéndolo, añade: "Nos desde agora para entonz les finamos la dicha enemistad, et les damos paz, fin et tregoa á los de Viana por vos et por todos los parientes, et valedores del dicho muerto, et vedamos et defendemos á vos é á ellos só pena de incorrer en caso de traycion que á los dichos de Viana, ni á ninguno de ellos non fagades mal, daño, ni villanía en personas nin bienes como á aqueyllos con quienes habedes paz, fin é tregoa. Dat. en Olit. XV dias de diciembre, ayño de gracia mil CCC, sixanta, é nueve.” Se ve por este suceso el estado de la legislacion criminal en aquel tiempo en que se permitia á las partes la venganza para castigar, no solo los delinqüentes conocidos, sino los comunes que carecian de culpa, solo porque en su territorio se habia cometido el delito. Sin embargo se ve que el gobierno no aprobaba enteramente lo que permitia, precisado sin duda del demasiado poder que la ley y la costumbre daba á los ricoshombres é infanzones, por no hallarse aún refundida toda la autoridad en los soberanos y sus tribunales. El rey D. Cárlos III de Navarra hallándose en Tudela, á 20 de enero de 1423 erigió en principado á Viana para honrar á los primogénitos herederos del reyno con su título. A este fin le agregó las villas de La Guardia, S.Vicente, Bernedo, Aguilar, Uxerevilla, Poblacion, S. Pedro, Cabredo con sus castillos y aldeas, y los lugares de Val de Campezo con los castillos de Marañon, Toro, Ferrera y Buradon. El diploma de esta gracia se halla inserto en las leyes de Navarra: posteriormente agregó el mismo rey las villas de Corella, Cintruénigo, Peralta y Cadreita.
Merecian bien estas honras los de Viana por su lealtad y valor en la defensa del reyno. Es célebre la que hiciéron contra Castilla en 1275 sufriendo un cerco de dos meses que mandó el infante D. Fernando. Las circunstancias y el modo hiciéron mas célebre la accion, porque viendo los vianeses el reyno dividido en facciones y bandos baxo el gobierno de una reyna niña y ausente, qual era D.ª Juana, y que no habia, en el estado fuerzas que oponer al castellano, resolviéron al acercarse el exército enemigo talar y asolar todas sus aldeas, á fin de infundir terror á los sitiadores con hecho tan resuelto. El infante, despues de haber intentado por todos medios rendir la plaza, se vió forzado á levantar el sitio. Mas dichoso que éste fué contra Viana el rey de Castilla D. Enrique en 1461; pero el sitio no fué ménos glorioso á los sitiados. Defendia la plaza mosen Pierres de Peralta, condestable entónces de Navarra, que resistió con gran ánimo todos los ataques del enemigo, y á no tener que hacer frente sino á los hombres, hubiera conservado la ciudad; pero la hambre le obligó á capitular y rendirse. Habla de esta entrega con elogio la princesa de Navarra D.ª Leonor en un privilegio concedido á los vianeses en 1467 á 19 de octubre estando en Estella, en el qual despues de referir como sitió el rey D. Enrique á Viana y la combatió todos los dias con bombardas, trabucos, cortantes y otras diversas artillerías »virilmente por muchos dias se defendiéron los de la dicha villa, fasta tanto que falleciéndoles provision é mantenimiento morian las gentes, é viniéron en tiempo que comian caballos é otras fieras inusitadas, é así afligidos, é por mas no poder comportar con expresa licencia é mandado del rey mi señor, se rindiéron al rey de Castilla, en poder del qual é de sus capitanes así tiranamente » ocupados estuviéron por espacio é tiempo de cinco años, &c. &c.”
Entró en la villa D. Gonzalo de Saavedra, capitan general de Castilla, y miéntras él entraba por una puerta con la alegría del triunfo, mosen Pierres de Peralta, que era hombre de mucho punto, salia por otra vestido de luto, manifestando el dolor que le causaba su desgracia. No tardáron los de Viana en repararla, y ayudados del obiso de Pamplona, conde de Lerin, D. Luis de Beaumont, echáron del castillo en que tenian encerrado al gobernador castellano. En esta empresa gastáron los de la villa 60743 libras carlines, suma muy considerable en aquellos tiempos. No debió importar ménos el daño que causó al vecino la cabalgada que Fortuño de Toledo hizo desde Santo Domingo de la Calzada y Logroño, en la qual taló 90 peonadas de viñas y arboleda fructífera. En consideracion de estos daños D.ª Leonor concedió á Viana en el privilegio citado, ademas del que tenian el lúnes, un mercado franco todos los miércoles, con tanta amplitud, que en poco tiempo se repobló la villa de los pasados desastres. D. Juan de Amiax celebra el valor de las mugeres de Viana en aquella ocasion, y dice que no ménos las doncellas que las casadas, disfrazadas con los vestidos de sus hermanos y maridos muertos, hiciéron señaladas proezas. Por ellas D. Juan II de Aragon y Navarra concedió á Viana por su escudo las barras de Aragon, agregándola á su corona con motivo de los ruidosos disturbios de su hijo el desgraciado D. Cárlos, príncipe de Viana. Es ciudad con voto en córtes, y goza el derecho de vínculo ó pósito de trigo, bien que con algunas restricciones. 
Entre Logroño y esta ciudad se halla el cerro de Cantábria. Fué sitio célebre en la edad media. Algunos hacen subir sus memorias hasta la dominacion romana, y aun se ha dicho que de sus ruinas se engrandeció la ciudad de Zaragoza despues de la guerra cantábrica; pero estas noticias no tienen apoyo alguno. La ciudad Cantábria es desconocida de Tolomeo y geógrafos antiguos, y la primera memoria legítima que hallamos de su existencia es de la era 1170, año 1132, en que D. Alonso el batallador, en dos instrumentos suyos de marzo y abril, su fecha en la poblacion de Cantábria sobre Logroño, y segun conjetura Moret Anal. l. 17. c. 8. $ 3., disponia el rey poblar aquel cerro. Que él hubiera estado ó poblado, ó por lo ménos fortificado con castillo mucho ántes, lo da á entender el monge Vigila de Albelda, diciendo que D. Sancho, el que se coronó en Pamplona en 905, conquistó por Cantábria todas las fortalezas desde Náxera á Tudela. Aquí la voz Cantábria no puede significar la tierra de los antiguos cántabros, sino el pais donde está el cerro de que hablamos. Para dar nombrc á la tierra debia ya ser famoso el sitio, y no siéndolo este monte por su elevacion, magnitud ni otra particularidad fisica, es preciso atribuir su fama á alguna fortaleza ó poblacion considerable, la que no es extraño fuera arruinada en los dos siglos que mediáron en tre Sancho y D. Alonso, segun la varia fortuna de los árabes y cristianos. 
El príncipe D. Cárlos de Viana, hablando de la expedicion que refiere el monge Vigila de D. Sancho, dice: »Tomó muchos lugares en el ducado de Cantábria, ntre los quales habia uno que hoy llaman Sancho Abarca.” Segun este modo de hablar se pudiera sospechar que quiso indicar que el ducado de Cantábria de que hablan nuestros escritores en la entrada de los árabes se extendia de Tudela á Náxera, y que de este territorio fué señor D. Pedro, padre de D. Alonso I y tercer rey de Asturias. Esta noticia la tomó D. Cárlos, ó la infirió de lo que dice el arzobispo D. Rodrigo l. 6. c. 24, hablando del rey D. García, de quien dice haber juntado con Navarra el principado de Cantábria. Gerónimo Zurita en su Cantábria, como tan venerador de la autoridad del arzobispo, conviene en situar aquel ducado en las riberas del Ebro, diciendo: » Que el asiento principal de aquel estado de Cantábria desde lo antiguo fué la ciudad de Náxera." Sin embargo ántes del arzobispo no hallamos memoria alguna de ducado de Cantábria en estas partes, aunque es innegable que en la region de que hablamos fué conocido el nombre de Cantábria, ó como de territorio, ó como de fortaleza y punto principal. Pudiera sospecharse que la Cantábria, desde donde Wamba acometió y sujetó á los vascos, fué esta parte de la Rioja. Lo mismo se puede colegir de un texto del Albeldense, que dice: Prius feroces Vascones in finibus Cantabriae perdomuit Wamba. Por un pasage de S. Braulio en la vida de S. Millan parece hubo en las cercanías donde habitaba el santo una ciudad dicha Cantábria, cuya ruina profetizó en 574, y todas las circunstancias favorecen al sitio del cerro vecino á Viana. S. Isidóro en el libro 9. de sus Etimologías cap. 2., dice: Cántabri á vocabulo urbis et Iberi ammis, cui insidunt, appellati. Y estas palabras confirman la existencia de la ciudad en su tiempo, ó por lo ménos su memoria. 
Zurita no adoptó esta etimología, creyendo que en caso de poderse adoptar lo que dice el santo, la ciudad se llamaria Canta ó Cantia; pero no reflexionó que el mismo santo, hablando de la Celtiberia, advierte que se dixo así de los celtas y del rio Ibero ó Ebro. Por donde es claro que los cántabros, segun S. Isidóro, tomáron nombre de la ciudad que se llamaba Cantábria. Se dirá que el cerro de este nombre no cae en el pais de los verdaderos cántabros que ocupan las fuentes del Ebro; pero á esto se responde que la Cantábria en tiempo de Julio César comprehendia á mas de aquellas tierras las provincias vascongadas, y parte de la Rioja y Vasconia. Y aunque despues se estrechó el nombre, y la cabeza de la region cántabra quedó fuera de los cántabros occidentales, en tiempo de los godos, segun parece de los escritores del tiempo, volvió á extenderse aquel nombre. Sobre este punto puede verse al continuador de la España sagrada tom. 32. pág. 66., y de todo resulta que el condado de Cantábria puede fixarse con alguna probabilidad en estas partes. Viana podrá con esto aspirar á la gloria de haber sido el teatro y tal vez patria de D. Pedro, duque de Cantábria, y de su hijo D. Alonso el católico, que tanto contribuyó al engrandecimiento del reyno de Asturias; bien que parece poco creible que al entrar los árabes se mantuvieran aquellos señores pacíficamente en las riberas del Ebro. Pero aun quando se retiraran á las montañas de Santander y tierras ásperas, nunca se disminuirá la gloria que resulta á los vianeses de haber sido su territorio la cuna y asilo de los fundadores del reyno de Asturias, y mas si fué esta Cantábria donde se acogió ántes de la ruina del reyno gótico el célebre D. Pelayo, y desde entónces contraxo amistad con el duque D. Pedro, concertó con él poco despues el plan la restauracion de la monarquía. Por lo dicho se colige que el cerro de Cantábria tuvo poblacion de este nombre en tiempos antiguos; que arruinada ya desde la prediccion de S. Millan, y mas con las entradas de los árabes, quedó despoblada, hasta que la restauró D. Alonso el batallador y que por último, despoblada de nuevo, dió lugar al engrandecimiento de Viana en el confin de los vascos y berones. 
En el dia se gobierna Viana por un alcalde y su cabildo de regidores: se celebra en ella un mercado franco todos los juéves, y una feria por la Magdalena en lugar de las que tuvo antiguamente. Para el gobierno eclesiástico hay dos parroquias, cuyos, diezmos están unidos, y su valor asciende á 4500 ó 5000 pesos. La parroquia de S. Pedro apóstol tiene 15 beneficiados y un sacristan mayor sacerdote con algunos sirvientes. En esta iglesia se ve una custodia de plata, obra moderna de peso de 22 arrobas y 21 libras. La otra parroquia es de la advocacion de nuestra Señora, y la sirven 15 beneficiados. Dependen de ésta los anexos de Bargota y Aras: en el primero hay 5 beneficiados y en el segundo 2. Los edificios de las dos parroquias son grandes y bien adornados. Hubo casa de canónigos de S. Anton, á la que favoreció Cárlos II. En el día hay un convento de S. Francisco, y los años pasados se contaban en él, 38 religiosos. Para los pobres se ve un hospital de poca consideracion en que hay dotadas cinco camas, y en ellas se asiste á otros tantos enfermos. Es célebre en Viana la ermita de S. Miguel por un letrero que se dice haber existido en ella, y era: Paulus praeco crucis dedit nobis primordia lucis. Hoy no existe la inscripcion ni persona que la haya visto. De ella se ha querido probar no solo la venida de S. Pablo á España, sino su predicacion en el territorio de Viana: pretension harto infundada para detenernos en refutarla. Ni merece mas crédito la noticia del maestro Argaiz. citando el martirologio de S. Gregorio, obispo iliberitano, en que se lee: Dianae circa Cantabriam S. Petrus, qui cum noluisset sacrificare in ignen adductus, as coelos evolabit, Ya diximos al principio el ningun aprevio que merecia el escrito atribuido á Gregorio. Porque no habiendo sido conocida Viana hasta el siglo XIII, desde luego no tiene apariencia de verdad ni la memoria de la predicación de S. Pablo en aquel territorio, ni el martirio de S. Pedro. Ademas que aquel hexámetro leonino no arguye gran antiguedad, y no puede probar sino un capricho de algun poeta de los siglos posteriores a la fundación o engrandecimiento de Viana.

ARAS , l. del part. de Viana , mer. de Este.lla , dióc. de Calahorra , en el r. de Navarra , situado al s. de Antoñana y n. de Viana , ‘.en el confin occidental del reyno.
Consta de 66 personas gobernadas por un alcalde pe aneo que elige el pueblo : su parroquia del título de santa María está servida or un cura 2 beneficiados.


Otros:
  • Sección I. Tomo I  Google Books
  • El "Diccionario geográfico-histórico de España" de la Real Academia de la Historia. Carmen Manso Porto. Iura vasconiae: revista de derecho histórico y autonómico de Vasconia, ISSN 1699-5376, Nº. 2, 2005, págs. 281-332. Dialnet PDF